
15 oct 2026
Córdoba simplifica la contabilidad de asociaciones civiles y fundaciones chicas
La Ley 11.144 de Córdoba exime a las asociaciones civiles y fundaciones de reducida escala económica de llevar libros contables obligatorios y de confeccionar estados contables. En su lugar deben llevar un registro de ingresos y egresos, conservar los comprobantes y presentar las planillas que fije la IPJ. Rige para ejercicios con cierre posterior al 13/10/2026; los límites todavía no se reglamentaron.
















































