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impositivo4 noviembre 2026

ARCA tendrá que frenar juicios y embargos a MiPyMEs y pequeños contribuyentes hasta junio de 2027

La Resolución 1899/2026 de Economía le ordena a ARCA suspender las ejecuciones fiscales y las medidas cautelares nuevas hasta el 30/06/2027. Falta la resolución de ARCA que lo ponga en práctica.

El dueño de una ferretería revisa papeles y la computadora en el escritorio de su negocio

Alcanza a las MiPyMEs con Certificado MiPyME vigente al 29/10/2026 y a los pequeños contribuyentes, y prorroga la suspensión de entidades sin fines de lucro y sector salud. No perdona la deuda ni levanta embargos ya trabados.

El Ministerio de Economía publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución 1899/2026 , firmada el 29/10/2026. La norma le ordena a ARCA que, hasta el 30 de junio de 2027 , no inicie juicios de ejecución fiscal ni trabe medidas cautelares (embargos de cuentas, inhibiciones) a dos grupos de contribuyentes que hasta ahora no estaban alcanzados: Micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2) que tuvieran el Certificado MiPyME vigente al 29/10/2026 . Personas humanas y sucesiones indivisas que ARCA considere pequeños contribuyentes , en los términos que el propio organismo defina. Además, prorroga del 31/12/2026 al 30/06/2027 la suspensión que ya tenían las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes del sector salud . Lo que todavía falta Para las MiPyMEs y los pequeños contribuyentes, la resolución no se aplica sola: le encomienda a ARCA que disponga la suspensión , y para eso ARCA tiene que dictar su propia resolución general. Al cierre de esta nota no estaba publicada. En las cuatro prórrogas anteriores, ARCA la dictó dentro de los cuatro días siguientes. Esa resolución también va a definir quién cuenta como «pequeño contribuyente». Hasta que salga, no conviene dar por hecho que un caso puntual queda adentro. Lo que no hace No perdona la deuda. Sigue existiendo y sigue generando intereses resarcitorios. No levanta los embargos ya trabados : suspende el inicio de juicios nuevos y la traba de medidas nuevas. No vale un certificado MiPyME tramitado después del 29/10/2026. La fecha que cuenta es la de firma de la resolución. Qué conviene hacer Revisá que tu certificado MiPyME estuviera vigente al 29/10/2026. Si tenés deuda con ARCA, usá estos meses para ordenarla, no para pisarla: el plan especial para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro (RG 5875) admite adhesiones hasta el 30/12/2026, con hasta 18 cuotas. Cuanto más tarde se regulariza, más intereses se pagan. Si querés que veamos tu situación, escribinos. Fuentes: Resolución 1899/2026 del Ministerio de Economía (Boletín Oficial, 04/11/2026); Resoluciones 1445/2024 y 1158/2026 del Ministerio de Economía; RG ARCA 5920/2026.