El art. 55 de la Ley 27.802 actualiza los juicios laborales en trámite al 6/3/2026 con tasa pasiva BCRA, tope de IPC + 3% anual y piso del 67%: una quita de hasta un 33%. Ocho salas de la CNAT lo aplican, la Sala I lo declaró inconstitucional y el TSJ de Córdoba («Manzanelli») lo aplica sólo desde el 6/3/2026. La Corte Suprema no se pronunció.
La Ley 27.802 de Modernización Laboral (BO 6/3/2026) creó un régimen especial para actualizar los créditos de los juicios laborales que a esa fecha estaban en trámite y sin sentencia definitiva. Su artículo 55 funciona en tres pasos:
Se aplica la tasa pasiva que fija el BCRA.
El resultado tiene un tope: el capital ajustado por IPC más un 3% anual.
Y tiene un piso: el 67% de ese tope.
En la práctica, un juicio en trámite puede terminar actualizándose hasta un 33% menos que uno iniciado después de la ley, que se actualiza por IPC más 3% anual.
Qué dicen los tribunales
Cámara Nacional del Trabajo. Ocho de sus diez salas (II, III, IV, V, VII, VIII, IX y X) lo aplican. La Sala I lo declaró inconstitucional, entre otros en «Saravia c/ Derudder Hermanos S.R.L.», y aplicó IPC + 3%. La Sala VI está dividida según cómo se integre: lo invalidó en «De los Santos c/ Arkino S.A.» y lo convalidó en «Salinas c/ Residencias RCPD S.R.L.».
Córdoba. El 23 de septiembre, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia («Manzanelli c/ Martínez») no discutió la validez de la norma, pero resolvió que no es retroactiva: hasta el 5 de marzo de 2026 los intereses se calculan con su precedente «Seren», y desde el 6 de marzo rige el artículo 55. Antes, en marzo, la Sala Primera de la Cámara del Trabajo de Córdoba lo había declarado inconstitucional en «Urbano c/ A. Giacomelli S.A.».
Corte Suprema. Todavía no se pronunció. Mientras tanto, el resultado depende en buena medida del tribunal que le toque a cada causa.
Qué significa para tu empresa
Si tenés un juicio laboral en trámite, el monto final puede variar hasta un tercio según el tribunal y el criterio que aplique. Conviene calcular la contingencia en dos escenarios, el del artículo 55 y el de IPC + 3%, y no en uno solo.
Las propuestas de acuerdo hoy se negocian con esa incertidumbre arriba de la mesa. Si conviene cerrar o esperar a la Corte depende de los números de cada causa.
En el balance, la previsión puede cambiar bastante según el escenario que se tome.
En Martínez & Wehbe revisamos tus juicios en curso y te armamos los dos escenarios para que decidas con los números en la mano.
Se aplica la tasa pasiva que fija el BCRA.
El resultado tiene un tope: el capital ajustado por IPC más un 3% anual.
Y tiene un piso: el 67% de ese tope.
En la práctica, un juicio en trámite puede terminar actualizándose hasta un 33% menos que uno iniciado después de la ley, que se actualiza por IPC más 3% anual.
Qué dicen los tribunales
Cámara Nacional del Trabajo. Ocho de sus diez salas (II, III, IV, V, VII, VIII, IX y X) lo aplican. La Sala I lo declaró inconstitucional, entre otros en «Saravia c/ Derudder Hermanos S.R.L.», y aplicó IPC + 3%. La Sala VI está dividida según cómo se integre: lo invalidó en «De los Santos c/ Arkino S.A.» y lo convalidó en «Salinas c/ Residencias RCPD S.R.L.».
Córdoba. El 23 de septiembre, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia («Manzanelli c/ Martínez») no discutió la validez de la norma, pero resolvió que no es retroactiva: hasta el 5 de marzo de 2026 los intereses se calculan con su precedente «Seren», y desde el 6 de marzo rige el artículo 55. Antes, en marzo, la Sala Primera de la Cámara del Trabajo de Córdoba lo había declarado inconstitucional en «Urbano c/ A. Giacomelli S.A.».
Corte Suprema. Todavía no se pronunció. Mientras tanto, el resultado depende en buena medida del tribunal que le toque a cada causa.
Qué significa para tu empresa
Si tenés un juicio laboral en trámite, el monto final puede variar hasta un tercio según el tribunal y el criterio que aplique. Conviene calcular la contingencia en dos escenarios, el del artículo 55 y el de IPC + 3%, y no en uno solo.
Las propuestas de acuerdo hoy se negocian con esa incertidumbre arriba de la mesa. Si conviene cerrar o esperar a la Corte depende de los números de cada causa.
En el balance, la previsión puede cambiar bastante según el escenario que se tome.
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